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GENERALES

23 de septiembre de 2022

Alberto Lugones:

Es cosa juzgada que la CSJN solo habilitó excepcionalmente la reelección para los que asumieron en el mes de abril de este año. Al respecto, en la causa “Colegio de Abogados” con fecha 16/12/21, en el punto 2, segundo párrafo in fine, expresó:

“… los integrantes del cuerpo podrán ser reelegidos con intervalo de un período (art. 3 de la ley 24.937, texto según Ley 26.855). Excepcionalmente, para los nuevos integrantes no se computará la primera elección a los efectos de una eventual reelección consecutiva…”.

Si tu interés personal era reelegir, nada te impidió promover acción judicial para esclarecer tus eventuales derechos, como hicieron los Consejeros de la Magistratura Matterson y Molea. Claro que en tu caso no se trata de un suplente que terminó el período de otro titular (como Matterson). Y no es de mi conocimiento que te estés presentando en representación de un estamento distinto del mandato que en noviembre completás (como Molea).

Es de público conocimiento que las medidas cautelares dictadas en una acción individual no tienen efecto erga omnes, y como resulta del objeto de las acciones promovidas por los Consejeros citados, su acción fue individual y en ningún caso a título de acción colectiva.

Es por ello, Alberto Lugones, que consentir tu candidatura me pone en posición de tener que consentir una irregularidad de gravedad institucional. Esa es la razón por la que ya te invité a reconsiderar tu deseo de ser reelegido en pos de no viciar el funcionamiento del Consejo de la Magistratura.

Una vez más, te insisto para que reconsideres tu postulación.

Espero no me pongas en la odiosa situación de tener que impugnar en el día de mañana tu candidatura.

Todos somos iguales ante la ley.

Eduardo R. Machín
Candidato al Consejo de la Magistratura

 

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